CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
DURACIÓN DEL CONTRATO
- El día de contrato se entiende desde la hora de firma a las 09.00 horas. AUTOS DRAGO MASPALOMAS [se cobrará] cantidad de 10 euros cada hora que se pase de la estipulada en el contrato.
- [El vehículo debe] devolverse en la fecha y lugar especificado en el contrato.
- AUTOS DRAGO MASPALOMAS SL podrá rescindir unilateralmente el contrato antes de la fecha de su conclusión en caso de incumplimiento grave por parte del arrendatario en el uso y cuidado del vehículo, por falta de pago y, conducir el vehículo por otra persona distinta al arrendatario. En este caso AUTOS DRAGO MASPALOMAS podrá tomar posesión inmediata del vehículo en el lugar en que se encuentre, sin que tenga derecho el arrendatario a ningún tipo de reclamación.
- [El cliente] podrá prorrogar la duración del presente contrato comunicándolo personalmente en la oficina donde se hubiera formalizado el arrendamiento, antes de la fecha de terminación del mismo. En tal caso AUTOS DRAGO MASPALOMAS según lo exigido deberá formalizarse el contrato.
- Llegado el vencimiento del contrato, el arrendatario deberá entregar el vehículo en esta oficina de AUTOS DRAGO MASPALOMAS SL. AUTOS DRAGO MASPALOMAS podrá tomar posesión inmediata del vehículo en el lugar donde se encuentre, sin derecho a reclamación alguna por parte del arrendatario.
- En el lugar del contrato, el titular de la reserva y el conductor principal deben ser la misma persona. Los contratos y reservas no se pueden ceder a terceras personas. Una vez firmada el contrato no se podrán modificar los conductores adicionales. Se permite la adición de conductores, previo pago de la tarifa correspondiente.
RESPECTO AL VEHÍCULO
- Se entrega en perfectas condiciones de utilización, con todos sus neumáticos, documentos, herramientas, accesorios y equipo, en perfecto estado, debiendo devolverlo el arrendatario en las mismas condiciones.
- El arrendatario no podrá ceder, vender, hipotecar, permutar o empeñar el vehículo o sus herramientas y elementos.
- Queda prohibido realizar cualquier tipo de modificación al vehículo. Igualmente queda prohibido: a. Conducir en playas, barrizales o vías no habilitadas para la conducción de vehículos y pistas de tierra. b. Montar baca, transportar equipaje o mercancías sobre el mismo. c. Remolcar o empujar otro vehículo. d. Participar en pruebas deportivas, entrenamientos para las mismas o de resistencia del vehículo o sus elementos. e. Conducir el vehículo bajo la influencia del alcohol, drogas o estupefacientes. f. Transporte de pasajeros o mercancías para fines comerciales. g. Transporte de animales. h. Transporte de mercancías en contravención a las disposiciones de los Reglamentos Aduaneros, o de cualquier disposición o norma, o que se encuentren en mal estado o mal sujetas, que excedan de las plazas indicadas en la tarjeta de Inspección Técnica del vehículo. i. Transporte de mercancías especiales o peligrosas salvo que el arrendatario haya obtenido, con anterioridad, todos los permisos correspondientes.
- En ningún caso, el vehículo podrá ser devuelto en lugar distinto al indicado en el contrato de alquiler, salvo que cuente con autorización expresa y por escrito del arrendador. Cualquier gasto que se produzca fuera del ámbito de la isla donde se realizó el alquiler (talleres, grúas, averías, traslados) corre a cuenta del cliente.
- El arrendatario es responsable de todos los daños al vehículo como resultado de la realización de actividades prohibidas aquí descritas.
- En los arrendamientos de vehículos industriales, el arrendatario tiene la obligación de contar con las autorizaciones administrativas, no pudiendo derivarse responsabilidad alguna a AUTOS DRAGO MASPALOMAS. El arrendatario será el único responsable ante la administración por las sanciones que se deriven de los incumplimientos en este contrato.
- El cliente se hace responsable del buen uso del juego de llaves. Asimismo de conservar el equipo de triángulos de seguridad y chaleco reflectante.
- En estos casos el arrendatario responderá de la pérdida de dicho material con la cantidad de 250 € por las llaves, 150 € por los elementos triángulos y chaleco reflectante; igualmente serán por cuenta del arrendatario los desperfectos que sufra el vehículo por la tapicería.
- Será a cuenta del arrendatario el carburante consumido durante la vigencia del contrato. El arrendatario se obliga a devolver el vehículo con la misma cantidad de carburante y de la misma calidad que al recibirlo o, en otro caso, equivalente en dinero. En cualquier caso, no se devolverá el dinero del carburante sobrante.
- El vehículo únicamente podrá ser conducido por el arrendatario, salvo que el arrendador aceptase la inclusión de un conductor adicional. En cualquier caso deberán ser mayores de 23 años y tener el preceptivo permiso de conducir, de acuerdo con las características del vehículo arrendado y con una antigüedad mínima de 2 años.
- La parte contratante será responsable de los daños ocasionados al vehículo, así como los gastos por paralización del mismo, cuando aquellos se produzcan al ser conducido por persona distinta a la autorizada en el contrato.
- El cliente se hace responsable de la colocación de la silla de niño en el vehículo, así como del buen uso de la misma. AUTOS DRAGO MASPALOMAS no asumirá ninguna responsabilidad por pérdida y daños de bienes y objetos guardados o transportados en el vehículo. El cliente asegura que no guarda objetos de gran valor.
RESPECTO AL PRECIO DEL ALQUILER
- El arrendatario se compromete a pagar los gastos correspondientes al periodo de alquiler y los cargos adicionales derivados de los conceptos especificados en la página 1 del presente contrato. Igualmente, serán por cuenta del arrendatario los gastos derivados de la pérdida o deterioro de llaves, neumáticos, herramientas, equipo de seguridad o cualquier otro elemento que forme parte del vehículo.
- El arrendatario es responsable del pago de todo tipo de multas, sanciones administrativas y gastos judiciales, así como los gastos derivados de la retirada del vehículo del depósito municipal, por hechos ocurridos durante la vigencia del contrato.
- El arrendatario no podrá cancelar de forma anticipada el contrato. No obstante, dicha cancelación conlleva el pago por parte del arrendatario del total del importe del alquiler pendiente de vencer.
- Igualmente, serán por cuenta del arrendatario todos los gastos judiciales derivados del impago del importe del alquiler o del incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato.
- Las tarifas contratadas y los suplementos están sujetos a modificaciones.
RESPECTO AL SEGURO
- En caso de siniestro, el arrendatario se obliga a proteger los intereses de la compañía, informando de los nombres y direcciones de las personas involucradas y de los posibles testigos. No admitiendo por su parte la culpabilidad o responsabilidad en el siniestro. No abandonar el vehículo sin tomar las medidas oportunas para protegerlo, informando del siniestro de forma inmediata a la compañía y personalmente dentro de las 24 horas siguientes a fin de cumplimentar y firmar el parte de siniestro.
- El arrendatario contrata un seguro que cubre daños ocasionados al vehículo con aplicación de una franquicia (especificada por grupos de vehículos: 500 €, 650 €, etc.). El importe de la franquicia debe ser dejado en garantía o efectivo.
- Quedan excluidos del seguro: los daños y pérdidas ocasionados a objetos guardados o transportados en el vehículo; los pinchazos, daños a neumáticos, llantas y partes bajas del vehículo, los cuales corren a cargo del arrendatario; daños a cristales y lunas; el robo, hurto de objetos y objetos del interior del vehículo.
- Cuando se produzca el robo o hurto del vehículo, el arrendatario deberá presentar la denuncia ante las autoridades pertinentes para que el seguro sea efectivo. De lo contrario, los daños ocasionados al vehículo serán a su expensas, así como el pago por paralización del mismo.
- Tanto la franquicia como las tasas están sujetos a modificación sin previo aviso. En caso de litigio derivado de la interpretación de este contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales de [Maspalomas/Las Palmas].
- La duración y vigencia de los seguros contratados por el cliente estarán limitadas al tiempo de vigencia del contrato. Si ocurriese algún siniestro una vez finalizado el contrato entre las partes, todos los daños que se generen serán responsabilidad exclusiva del cliente.